Sobre nosotros
HOMBRES BAUTISTAS
PRIMERA IGLESIA EVANGÉLICA BAUTISTA SAN BERNARDO SAN JOSÉ # 167

HOMBRES BAUTISTAS.
Hagan lo que hagan, trabajen de buena gana, como para el Señor y no como para nadie en este mundo, conscientes de que el Señor los recompensará con la herencia. Ustedes sirven a Cristo el Señor.
Colosenses 3:23-24 Por lo tanto, mis queridos hermanos, manténganse firmes e inconmovibles, progresando siempre en la obra del Señor, conscientes de que su trabajo en el Señor no es en vano.1 Corintios 15:58
¿Por qué Tener Hombres Bautistas en tu Congregación?
Existen por lo menos siete buenas razones.

1.- Compañerismo
Los Hombres Bautistas son, antes que nada, un compañerismo de varones que está interesado en el llamado de Cristo. A involucrarse en las misiones, testificar y ministrar en el mundo. Uno de los beneficios más grandes del trabajo de los hombres bautistas en cualquier iglesia serán las relaciones que se forman entre estos hombres que pueden compartir una meta común con otros que han sido llamados por Cristo. Las relaciones interpersonales que se desarrollan rápidamente cuando los hombres trabajan y oran juntos. Esto se cumple en la Obra del Señor. Una unión fuerte les permite tener un sentido más grande de confianza y dependencia.
2.- Relaciones de Crecimiento
Los Hombres Bautistas utilizan un enfoque acción/estudio.Mientras los niños y jóvenes estudian preparándose para la vida, el estudio del hombre se relaciona con el testificar y el ministrar en el mundo. Nosotros aprendemos a cómo depender de los dones de otros al contribuir con su singularidad a la organización, asegurando un crecimiento.
3.- Enlistar
En la mayoría de las Iglesias Bautistas, solo algunos varones se involucra en el trabajo de la Iglesia. Usando a los Hombres Bautistas como una Organización de Recursos Humanos, la Iglesia puede enlistar a casi todos los hombres para que participen en sus diferentes actividades. Esto requiere líderes entrenados, quienes sabrán qué hacer, por qué lo están haciendo y cómo lograrlo. No es siempre fácil planear, organizar, asignar y realizar todos los proyectos necesarios para involucrar a un gran porcentaje de los hombres en la misión de la Iglesia, pero puede lograrse. Y es muy gratificante cuando se logra.
4.- Discipulado
El grupo de Hombres Bautistas es el ambiente ideal para traer a los hombres al evangelio. Usando una atmósfera de Hermandad y Unión. Los varones de la comunidad pueden ser invitados fácilmente a la reunión de hombres en la Iglesia. El compañerismo relajado, además de los testimonios y mensajes sobre el Plan de Salvación, son muy efectivos para guiar a los hombres perdidos y aceptar a Jesucristo como su Salvador.
5.- Mayordomía
A través de programas informativos acerca de llevar el mensaje de Cristo alrededor del mundo y/o la participación de actividades misioneras, los Hombres Bautistas son guiados a apoyar financieramente el trabajo de la Iglesia y la denominación. El crecimiento en la mayordomía, así como el discipulado, no ocurren de un día para el otro. Los Cristianos maduros son el resultado de un largo período de alimentación y crecimiento.
Corresponde a cada Iglesia, el desarrollar y fortalecer continuamente su organizaición de hombres de manera que siempre pueda ser un lugar fértil para levantar Cristianos maduros.
6.- Recursos Humanos
En cada Iglesia hay necesidad de recursos humanos organizados, los Hombres Bautistas son una organización natural para enlistar e involucrar a los hombres en muchos proyectos que necesitan ser llevados a cabo en la Iglesia. Muchas veces, todo lo que se necesita es alguien que realice una tarea específica. Otras veces, se necesitan planteamientos detallados antes que se puedan asignar tareas específicas.
Las necesidades de recursos humanos pueden ser de cualquier tipo, desde ujieres hasta reparar el edificio de la Iglesia, desde limpiar el templo hasta repartir volantes, desde ayudar en la guardería de niños hasta hacer visitas con el Pastor de la Congregación. Esta lista no tiene fin, sin embargo, casi nunca los recursos humanos son reclutados para que ayuden. Un grupo bien entrenado de líderes de hombres bautistas pueden ayudar a corregir esta condición.
7.- Involucrarse en Misiones
Hoy en día, los Hombres Bautistas son una Organización que cumple ls labor misionera para la sociedad. Las misiones no son opcionales,no son algo que la Iglesia puede dejar de hacer. Sin misiones, la Iglesia destruye su propia naturaleza. Emil Brunner escribió: "La Iglesia existe por las misiones, así como el fuego existe por que ha sido encendido. Donde no hay misión no hay Iglesia, y donde no hay Iglesia ni Misión, no hay fe".
Los Hombres Bautistas son promueven la evangelización y misiones a través de cinco tareas:
- i) Involucrarse en Actividades misioneras.
- ii) Enseñar sobre Misiones.
- iii) Orar y Ofrendar para las misiones.
- iv) Desarrollar ministerios personales.
- v) Representar el Trabajo de la Iglesia y de la Obra Bautista.
UNIÓN DE HOMBRES BAUTISTAS
Hombres de Valor

Estimado Hermano:
Nos encantaría poder contar contigo y que seas parte de nuestro equipo HDV, pero es indispensable poder transmitir la misión y visión de nuestro ministerio.
Visión: Trabajar de manera integral con la iglesia local y ministerios. (1Pedro 4:10)
Misión: Deseamos contribuir al Reino de Dios junto a nuestros líderetrabajando y desarrollando internamente o externamente el servicio a nuestro Dios. (Lc 10:2s; capacitando,)

REGLAMENTOS DE LA UNIÓN DE HOMBRES BAUTISTAS
REGIÓN METROPOLITANA.
(UHB.RM)
TÍTULO I.-
DE LA CONSTITUCIÓN Y ORGANIZACIÓN DE LA UNIÓN DE HOMBRES BAUTISTAS A NIVEL LOCAL Y A NIVEL REGIONAL.
SUS OBJETIVOS Y DE SUS MIEMBROS.
PASOS IMPORTANTES Y PROPUESTAS.
ARTÍCULO PRIMERO.- Para la constitución u organización de los varones a nivel local, llámese una Unión de Hombres Bautistas (UHB), o del nombre que cada grupo estime llamar la organización en una iglesia bautista local; serán los propios varones interesados en formarla los que deberán expresar su intención y, en el mejor espíritu lo plantearán al pastor y/o a los líderes de su iglesia. Él o ellos expresarán su sentimiento y consentimiento de respaldo y sus buenos deseos en oración los que serán necesarios para la buena marcha de la organización a constituirse. Si la iniciativa de constituirlos es el pastor o encargado, será él quien buscará las instancias y estrategias para que se logre la materialización de aquellos objetivos que se propone a nivel local, como aquellos que esta organización propone y amerite su entorno.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Los objetivos de la Organización varonil a nivel local serán básicamente engrandecer el nombre de Dios en todo sentido y en las formas que la Biblia y los bautistas suelen hacerlo, evangelizando, confraternizando, dentro de su contexto socio-cultural, buscará estrategias de servicio dentro de la iglesia local de manera armónica, consensuada y en el mejor ánimo con el liderazgo. Dentro de lo posible se relacionarán regularmente con la Unión de Hombres Bautistas a Nivel Regional y Nacional y harán los mejores esfuerzos para unirse a los trabajos y objetivos de éstos.
ARTÍCULO TERCERO.- El nombre que los hermanos le quieran dar a la organización varonil podrá llamarse indistintamente Unión de Hombres Bautistas (UHB), Ministerio Varonil (MV) o Grupo Varonil (GV), o como estimen llamarlo los propios hermanos de una iglesia local. Al respecto, de cómo llamarla, la decisión de cada congregación o grupo de hermanos, será absolutamente respetada y valorada por los demás y en ningún caso será impedimento para estar vinculada y asociada con la Unión Regional o nacional de los Hombres Bautistas. Las estrategias de trabajo serán variadas en este mundo contemporáneo y heterogéneo.
ARTÍCULO CUARTO.- Los varones, líderes interesados en querer organizarse, deben ser miembros de la iglesia local, comprometidos con Dios, con los bautistas y con su iglesia local. El pastor o encargado podría encargar la responsabilidad a un hermano en particular o bien por turnos. Asimismo, si lo estiman conveniente, podrán participar en dicho liderazgo otros varones que sean miembros de la iglesia con el ánimo de tener compañerismo, reflexión bíblica y de compartir el poderoso mensaje del Evangelio.
ARTÍCULO QUINTO.- Los hermanos que se han organizado como tales, si lo estiman conveniente, podrán solicitar libremente asesoría, orientación y acompañamiento a quienes estén en el liderazgo de la Organización Regional o Nacional de los Hombres Bautistas. Para organizarse deben tener en cuenta, si fuera posible, una estructura base de a lo menos tres cargos que podrían ser: un presidente, un secretario y un tesorero; o bien un hermano que haga las veces de coordinador o representante del grupo varonil.
ARTÍCULO SEXTO.- A las reuniones podrán participar o asistir libremente las personas que lo deseen, pero el directorio, por la naturaleza misma de la organización, siempre estará constituido por varones comprometidos con Dios y su iglesia local.
ARTÍCULO SÉPTIMO.- Según el contexto, o medio donde la iglesia está ubicada, la manera en que se desenvuelve y la estrategia en la cual los hermanos desean estructurarse y trabajar en el servicio del Señor, podrán llamarse y estructurarse como grupo u organización en alguna u otras de las siguientes formas, tales como :
1.- Como Unión de Hombres Bautistas o Unión de Varones.- Se proponen los siguientes cargos: 1) Un presidente 2) Un secretario 3) Un tesorero 4) Un pastor consejero (o el guía espiritual). 2.- Como Ministerio Varonil Bautistas.- Se proponen los siguientes cargos: 1) Un líder o representante de los varones. 2) Un coordinador de actividades y comunicaciones. 3.- Como Grupo de varones 1) Un representante o líder del grupo 2) Un ayudante. 4.- Otro nombre que los varones estimen conveniente. (Por ejemplo: Mardoqueo, Siervos por Gracia, Hijos del Rey, Etc.).
TÍTULO II.-
DE LA INCORPORACIÓN A LA UNIÓN DE HOMBRES BAUTISTAS DE LA REGIÓN.-
ARTÍCULO OCTAVO.- A nivel regional.- Constituidos como organización local, podrán solicitar libremente su incorporación a la Unión de Hombres Bautistas de la Región.
1.- Si no existiera la organización a nivel regional o ésta no estuviere funcionando, los líderes, todos varones, miembros de una iglesia bautista local de la región y de las distintas organizaciones varoniles locales, se buscarán entre sí, se pondrán de acuerdo para plantear la posibilidad de organizarse a nivel regional como unión de hombres bautistas. Para ello pueden solicitar orientación y ayuda a nivel nacional.
2.- Reunido aquel liderazgo expresarán abiertamente los objetivos del porqué desean organizarse. Señalarán que siempre deberá ser en el mejor espíritu de trabajo y servicio tanto para la iglesia local como a nivel denominacional y, en lo posible, adhiriendo al trabajo regional de la obra bautista, sin perjuicio que a nivel de organización también haya particulares objetivos en el servicio y testimonio cristiano, pero procurarán buscar estar en plena y total armonía con los principios, objetivos y propósitos de la UNIÓN NACIONAL EVANGELÍSTICA DE HOMBRES BAUTISTAS DE CHILE.
3.- Hechas la citas, concretadas las conversaciones del liderazgo local y regional, convendrán en poner en antecedentes al liderazgo de la obra bautista asociacional o regional para que les tengan en oración y respaldo denominacional.
4.- Nombrarán una directiva provisoria que estará constituida por lo menos con los cargos básicos de toda organización, un presidente, un secretario y un tesorero los que buscarán libremente un pastor consejero o asesor. Sus acuerdos serán temporales hasta que estén definitivamente formalizados y aprobados por una asamblea regional. Por estar constituyéndose la organización dichos nombres y cargos serán dados a conocer oportunamente por escrito al liderazgo regional de la obra bautista, esperarán treinta días por si hubiese alguna objeción de parte de aquellos líderes, de no haber expresiones de objeción fundada se continuará con el proceso.
5.- Aquella directiva provisoria enviará invitaciones a las iglesias, haya o no uniones de hombres en su iglesia local, manifestando claramente los motivos de la convocatoria (organizarse regionalmente), el lugar y la hora de la reunión. Deberán expresar que las autoridades espirituales y administrativas de la obra bautista están en conocimiento de la convocatoria y el propósito de la misma. La convocatoria llevará el nombre y firma de todos los integrantes de dicha directiva.
6.- Reunidos los hermanos el día y la hora para lo cual fueron convocados, la directiva provisoria entregará una amplia información a los presentes de la intencionalidad de la convocatoria y estando presente una representación mínima a lo menos cinco iglesias de la región y un mínimo de al lo menos diez varones adultos, que se constituirán en asamblea a nivel regional.
7.- Tomado el acuerdo la directiva invitará a la asamblea a formar un directorio definitivo el cual tendrá básicamente los siguientes cargos: un presidente, un vice presidente, un secretario, un tesorero, tres directores y un pastor consejero. Constituida la Directiva la Organización comenzará a regirse por los presentes Reglamentos.
8.- Los nombres de los candidatos surgirán desde la propia asamblea y se constituirá el directorio, partiendo por el presidente y mediante una propuesta o moción, respaldada o secundada por lo menos por una persona la que será de apoyo o respaldo y así sucesivamente hasta completar todos los cargos. Si uno o dos cargos no fueren completados, la directiva quedará facultada para buscarlos. Todos los cargos serán electos por dos años y podrán ser reelegidos. Si hubiere una Comisión de Nombramientos se escuchará primeramente la propuesta de candidatos o nombres que ella traiga. Iniciado el momento de las elecciones los varones presentes también podrán proponer los candidatos que estimen que también reúnen las condiciones para determinados cargos.
9.- Todos los acuerdos quedarán registrados en un libro de actas y deberán quedar firmados por toda la directiva que ha sido electa, más tres hermanos que estuvieron en la asamblea constitutiva.
10.- Copia del Acta Constitutiva de la Unión de Hombres Bautistas de la región será enviada a las autoridades espirituales y administrativas de la obra bautista de la región la que previamente podrá ser protocolizada ante Notario Público por el Presidente electo.
11.- El directorio que recientemente fue elegido en la asamblea seguirá reuniéndose y trabajando como tal a partir de ese momento. El Presidente, junto a todo el resto del directorio, serán los principales responsables de la buena marcha de la organización.
12.- Para ocupar un cargo dentro del directorio regional, al ser propuesto y elegido, el varón debe ser miembro en plena comunión de una iglesia bautista.
TÍTULO III.-
DE LOS OBJETIVOS DE LA UNIÓN DE HOMBRES BAUTISTAS A NIVEL REGIONAL.
ARTÍCULO NOVENO.- Los objetivos de la U.H.B. a nivel regional, como también de las uniones locales, estarán siempre basados en las enseñanzas bíblicas neotestamentarias, reconociendo primeramente y ante todo que Dios es nuestro Creador y Sustentador quien envió a su Hijo Jesucristo para redimirnos del pecado y ser salvos por la fe para vida eterna, porque sólo a Él debemos servir y adorar. De igual manera teneren cuenta que debemos trabajar armoniosamente entre los hermanos y el liderazgo de la obra bautista, practicando y fomentando el respeto mutuoy la tolerancia entre todos y para con todos. De manera especial fomentar el amor fraternal y el trabajo por la causa de Cristo y, de acuerdo a la factibilidad y contextualidad, mostrarnos llanos a tratar de cumplir todos los objetivos que están expresados en los Estatutos de la Unión Nacional Evangelista de Hombres Bautistas de Chile, además, en la región, trabajar y desarrollar los siguientes objetivos:
1.- Fomentará y practicará esencialmente la labor evangelística y misionera;
2.- Apoyará a las organizaciones varoniles y a las iglesias, misiones, y entidades bautistas u otras afines en aquellas materias y personas que la organización disponga o busque para servir;
3.- Ofrecerá su apoyo a los pastores y líderes, tanto en lo espiritual como en lo material y de acuerdo a sus posibilidades o recursos;
4.- Fomentará y practicará la mayor fraternidad posible entre los hermanos y el liderazgo bautista, partiendo desde la iglesia local, luego en la región como asimismo a nivel nacional.
5.- Buscará el acercamiento integral con las organizaciones de la Región y del país.
6.- Procurará los recursos para el desarrollo de la organización y dentro de lo posible ayudará a los más necesitados de la obra bautista y a quienes pueda.
7.- Promoverá entre sus pares y el liderazgo la mejor preparación académica y teológica usando todos los recursos necesarios y plausibles que existan dentro de la denominación y en aquellas que sean afines.
8.- Usará las mejores relaciones sociales y fraternales para compartir con diversas personas, sean naturales o jurídicas, los objetivos de la organización y así obtener los recursos convenientes para materializar proyectos que sean beneficiosos para la obra, siempre y cuando no vayan contra la ley.
TÍTULO IV.-
DE LAS ASAMBLEAS GENERALES Y EXTRAORDINARIAS A NIVEL REGIONAL.-
ARTÍCULO DÉCIMO.- Habrá dos tipos de Asambleas: Las Asambleas Generales Ordinarias y las Asambleas Generales Extraordinarias.
1.- Las asambleas generales ordinarias se realizarán una vez al año y en esa ocasión el Presidente, a nombre del Directorio, entregará una memoria anual de las actividades realizadas y de los proyectos que desean materializar. La memoria anual será sometida a la aprobación de los presentes.
2.- Las asambleas generales ordinarias serán propuestas por el Directorio y/o por la asamblea y para la fecha más conveniente; serán
convocadas por lo menos con sesenta días de anticipación y por los medios más convenientes posibles, vigentes, y/o por las redes sociales, con el propósito que ésta sea conocida por todas las uniones locales. Los acuerdos que se tomen serán por simple mayoría de los miembros presentes.
3.- Las asambleas generales extraordinarias serán convocadas por el Directorio y tratarán asuntos especiales, de gran trascendencia para la organización y la denominación, tales como la modificación varios o muchos artículos de los presentes Reglamentos o aquellas materias que el Directorio estime estrictamente necesarias y que deban ser resueltas por ella, o cuando haya una manifiesta, fundada y expresa solicitud por escrito de las uniones locales o de cuatro miembros del Directorio. Los acuerdos que se tomen serán por los dos tercios de los miembros presentes. La convocatoria se hará por lo menos con treinta días de anticipación. No se tratarán otras materias sino solamente aquellas para lo cual fueron convocados y si en ella hubiere otros acuerdos éstos serán nulos.
4.- La Asamblea deja facultado al Directorio para constituir departamentos y comisiones de trabajo, según la necesidad de la organización. Las comisiones podrán tener una duración definida o ad hoc, para el cometido requerido. Ningún departamento o comisión estará integrado por miembros del Directorio Ejecutivo, pero los otros integrantes sí podrán ser cabezas de los departamentos o comisiones necesarias. Todo departamento o comisión entregará regularmente un informe por escrito al Directorio por los planes y por las tareas encomendadas.
TÍTULO CUARTO.-
DE LA ESTRUCTURA DEL DIRECTORIO Y PERFIL DE LOS INTEGRANTES.-
ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO.- El Directorio de la Unión de Hombres Bautistas de la Región durará dos años en sus cargos, pudiendo ser reelegido y estará constituido por los siguientes integrantes:
1.- Un Presidente.
2.- Un Vicepresidente.
3.- Un Secretario.
4.- Un Tesorero.
5.- Tres Directores.
6.- Un Pastor Consejero.
ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO.- El Directorio Ejecutivo será integrado por el Presidente, el Secretario y el Tesorero. Estos tres serán los motores
principales para que los acuerdos y planes se cumplan, sin perjuicio de las tareas específicas encomendadas a los otros integrantes del Directorio las lleven a cabo con solicitud y esmero.
Cuando un miembro de la directiva renuncie voluntariamente al cargo o se le tenga que solicitar que lo deje por incumplimiento de deberes básicos, el mismo Directorio queda facultado para reemplazarlo por otro hermano de mayor compromiso y responsabilidad. Cumplirá la responsabilidad solicitada hasta la próxima asamblea la cual lo ratificará o reemplazará por otro varón.
ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO.- Perfil del Presidente: Será un varón con un reconocido y buen testimonio en la obra bautista, trabajará no sólo con la organización y desarrollo de la obra bautista regional, sino también la nacional; miembro en plena comunión de una iglesia local bautista, conocedor de las sagradas escrituras, una evidente estabilidad doctrinal, familiar y un suficiente liderazgo para conducir la organización. Evidenciar un acercamiento y buena disposición para mantener las mejores relaciones con las autoridades espirituales y administrativas de la obra bautista. en otras palabras trabajará de manera integral con toda la obra. Mostrará interés en buscar el desarrollo de la organización, partiendo desde su iglesia local y continuando con las organizaciones regionales y nacional y, si es posible, a nivel internacional, poniendo a disposición todos sus dones y talentos al servicio de Cristo.
ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO.- Deberes y atribuciones del Presidente:
1.- Convocar al Directorio, citar a asambleas ordinarias y extraordinarias de acuerdo a estos Reglamentos y proponer las medidas que estime convenientes para el progreso y desarrollo de la UHB.
2.- Conducir las reuniones del Directorio y de las asambleas.
3.- Cuando sea pertinente el Presidente solicitará al Vicepresidente que lo reemplace y, en casos muy especiales, será el Secretario, especialmente cuando haya que dirimir asuntos en que pudieran haber incompatibilidades.
4.- La conducción será siempre de manera amable y respetuosa. Escuchará a todos quienes soliciten la palabra cuando se discuta un asunto de interés general y sólo hasta cuando el tema haya sido agotado.
5.- Procurará que los asuntos propuestos sean acordados por consenso. Cuando corresponda, sea necesario y pertinente, someterá el asunto a votación para zanjar el asunto.
6.- Representar a la organización en los actos, acciones o gestiones que sean necesarias, figurando siempre a la cabeza en la cualquier actividad regional o nacional. De no ser posible realizar dichas acciones encomendará al Vice Presidente o a quienes el Directorio designe.
7.- Someter a deliberación de la Asamblea aquellos materias que presente el Directorio o aquellos que surjan en la Asamblea. Los acuerdos serán tomados por simple mayoría, a excepción de aquellas materias que
requieran de mayor estudio y análisis, tales como Modificación de Reglamentos o aquellos temas que el Directorio, el Pastor Consejero o, en su defecto, alguno de los pastores presentes, recomienden que necesariamente deberían ser aprobados por dos tercios de los miembros presentes.
8.- Firmar con el Secretario la correspondencia oficial y las actas.
9.- Velar que haya un orden del registro de entradas y salidas en la tesorería.
10.- Hacer cumplir los acuerdos adoptados en las Asambleas formalmente convocadas y de las del Directorio.
11.- Velar por el buen funcionamiento de la organización animando y apoyando a sus pares y tomando iniciativas para el desarrollo de la misma.
12.- Procurará mantener la mejor relación fraternal de trabajo mancomunado y de apoyo material y espiritual con los miembros del Directorio, con los demás líderes de las diferentes organizaciones de la obra bautista regional y nacional.
ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO.- Perfil del Vicepresidente. Debe tener buen testimonio y ser conocedor de las Sagradas Escrituras. Con un hogar estable y que cuente con valores y características de liderazgo análogas al Presidente. Dispuesto a trabajar unido y lealmente junto al Presidente y a los demás miembros del Directorio.
ARTÍCULO DÉCIMO SEXTO.-Deberes y atribuciones del Vice Presidente:
1.- Reemplazará al Presidente cuando éste se encuentreimposibilitado de ejercer sus funciones.
2.- Tendrá las mismas facultades que el Presidente, salvo que el Directorio, de manera expresa, le restrinja alguna o todas las atribuciones en asuntos en que estatutaria, reglamentaria y necesariamente tenga que actuar solamente el titular.
ARTÍCULO DÉCIMO SÉPTIMO.- Perfil del Secretario. Como los demás miembros del Directorio, el Secretario debe tener un buen testimonio; será una persona que tenga habilidades para tomar notas y saber redactar actas y/o correspondencia, sabiendo que deberá manejar ordenada y adecuadamente una oficina.
ARTÍCULO DÉCIMO OCTAVO.- Deberes y atribuciones del Secretario:
1.- Llevar un libro de actas de las asambleas generales y extraordinarias. Asimismo un cuaderno aparte de las reuniones del Directorio.
2.- Tomar Acta de los acuerdos del Directorio y de las Asambleas. Redactar y firmar la correspondencia que deba mantener en el ejercicio de sus funciones.
3.- Gestionar el cumplimiento de los acuerdos, de conformidad con las instrucciones que reciba del Presidente o del Directorio y que estén en concomitancia con los acuerdos tomados.
4.- Velar por el cumplimiento de las disposiciones estatutarias y reglamentarias.
5.- Organizar y llevar, si así fuere necesario, un fichero como informativo con novedades o información privada o pública de los integrantes de la Organización Regional y Nacional.
6.- Archivar y llevar en orden la correspondencia o documentación, sea ésta mecánica o electrónica y será el responsable de la administración y custodia de todos ellos.
7.- Estar informado permanentemente de las actividades locales, regionales y nacionales de lo que está ocurriendo en la obra bautista. Ello implica mantener siempre informado al Presidente de cualquier novedad que pudiera ser de interés para la organización. Asimismo de las actividades inmediatas como citaciones a reuniones de Directorio, asambleas y cuidar que la organización siempre esté expresando sus sentimientos de afecto y opinión sobre ciertas materias que involucren a la organización. Esto último, y cuando sea pertinente, para mantener la mejor comunicación y comunión con la hermandad y las autoridades.
8.- Procurar concurrir, si las circunstancias lo ameritan, con el Presidente y el Directorio de la Organización a todos los actos convocados por los órganos representativos, sean o no de la obra bautista.
ARTÍCULO DÉCIMO NOVENO.- Perfil del Tesorero. Quien administre el Tesoro de los HHBB debe ser un hombre de excelente testimonio en cuanto a honradez y transparencia en todo lo que es finanzas. Tiene que ser una persona que tenga conocimientos básicos de una administración financiera (un ecónomo). Deberá trabajar ordenadamente en todo lo que son las finanzas y estar dispuesto a mantener informado permanentemente al Presidente del movimiento de los dineros y de las metas alcanzadas.
ARTÍCULO VIGÉSIMO.- Deberes y atribuciones del Tesorero:
1.- Llevar un libro de Tesorería que registre las entradas y salidas de la organización.
2.- Dirigir la Tesorería y presentar un Presupuesto al Directorio y a la Asamblea según las proyecciones de la organización.
3.- Fomentar, administrar y trabajar de diversas maneras para conseguir los dineros, acordes a las normativas éticas, morales y legales, para alcanzar las metas trazadas por el Directorio o las que le encomiende la Asamblea.
4.- Actuar conjuntamente con el Presidente respecto de los intereses económicos de la organización y el manejo de sus fondos.
5.- Informar regularmente al Directorio y todas las veces que se lo solicite el Presidente, tanto del movimiento y del balance o estados de cuentas, especialmente cuando ha de ser presentado a la Asamblea.
6.- Llevar en el Libro de Tesorería todo un ordenado registro de los ingresos y egresos, mediante comprobantes. Dichos registros deberán ser revisados por una Comisión a lo menos una vez al año o cuando la ocasión así lo amerite. Comisión que será nombrada por la asamblea.
7.- La tesorería podrá recibir aportes mediante cuotas de los miembros de las iglesias, de los socios, varones que voluntariamente deseen hacerlo o por cuotas moderadas que acuerde la Asamblea, organización o bien las que decidan las uniones locales. Asimismo podrá recibir aportes de otras personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras que deseen aportar voluntariamente a la organización.
8.- Preocuparse de que las uniones adheridas a esta organización estén al día en sus cuotas que han sido acordadas en asamblea.
9.- Otras tareas propias del cargo que le encomiende el Presidente.
10.- Abrirá una cuenta en el banco cuando así lo acuerde el Directorio o lo solicite la Asamblea la que será administrada por el mismo Tesorero conjuntamente con el Presidente.
ARTÍCULO VIGÉSIMO PRIMERO.- Perfil de los directores.- Los directores serán hombres de buen testimonio a los cuales se les podrá encomendar diversas tareas, no siendo necesariamente expertos en ciertas materias, pero se espera que tengan el mejor espíritu de servicio y cooperación junto a todo el Directorio. La buena voluntad de ellos será fundamental, pero si están capacitados para ejercer algunas tareas, mejor aún.
ARTÍCULO VIGÉSIMO SEGUNDO.- Deberes y atribuciones de los directores:
1.- Estarán a cargo de constituir y trabajar en aquellas tareas que le encomiende el Presidente o el Directorio, básicamente serán los encargados o directores para dirigir y coordinar departamentos según su naturaleza, entre ellos aquellos de acción espiritual, de acción social o acción laboral, u otros que sean pertinentes.
2.- Aportarán con ideas y apoyarán fielmente al Directorio en los acuerdos tomados.
3.- Reemplazarán y colaborarán temporalmente en labores de secretaría, tesorería y en aquellas tareas que le encomiende específicamente el Directorio.
ARTÍCULO VIGÉSIMO TERCERO.- Perfil del Pastor Consejero y metodología para ser nombrado. La organización, el día de las elecciones, idealmente propondrá y/o elegirá un Pastor Consejero que desee acompañarle en las diversas actividades que ésta pretenda realizar para la honra y gloria del Señor. De no ser posible ese mismo día, será el Directorio que hará todas las gestiones necesarias y prudentes para que así sea. Quien llegue a ser Pastor Consejero deberá acercarse a los siguientes requisitos:
1.- Tener la convicción de que desea ser de bendición para los varones y la organización.
2.- Sentirse con plena autoridad moral y espiritual, creyendo que juntos, como organización y como miembros del Cuerpo de Cristo, podemos trabajar honrando y exaltando el nombre de nuestro Dios;
3.- Influir con la Palabra Divina y con su testimonio ante los varones, miembros del Directorio y los integrantes de la organización, alentando a éstos y a sus familias; creyendo de corazón que vale la pena trabajar con ellos en la Viña del Señor y que Él nos puede usar como sus instrumentos, tanto para el trabajo material como espiritual, sea dentro de la iglesia y/o en la sociedad.
4.- Cuando no fuere posible elegir o nombrar en la misma asamblea al Pastor Consejero, éste será solicitado a la Unión Regional de Pastores (URPAB) para que ellos propongan una terna a la Unión de Hombres, o también podrá ser a la inversa, donde los varones propongan a uno de aquellos o a una terna. Finalmente, en plena armonía, el Directorio de la Unión de Hombres Bautistas y los pastores, por consenso decidirán por uno de ellos. El procedimiento será enviando una carta a la URPAB solicitándole un pronunciamiento sobre el particular.
5.- Si el Directorio de la URPAB nada dice a lo planteado dentro de los 60 días siguientes al envío de la carta, tácitamente se deberá entender que los pastores dejan en plena libertad a los varones para que éstos inviten directa y libremente a un pastor bautista que desee trabajar con ellos y en los términos expresados en los incisos anteriores.
6.- De no ser posible hallar aquel siervo, la Unión de Hombres Bautistas a nivel Regional, igual seguirá trabajando para el engrandecimiento del Reino de Dios, aunque se halle sin ese Pastor Consejero.
ARTÍCULO VIGÉSIMO CUARTO.- Deberes y atribuciones del Pastor Consejero:
1.- Se espera que el pastor consejero apoye moral y espiritualmente al Directorio de los HB y a aquellos casos particulares que le sean encargados.
2.- Orientar permanentemente en lo ético, lo doctrinal y en lo relacional al Directorio y a la organización.
3.- Si lo estima necesario y conveniente, podrá invitar a uno de sus consiervos del Ministerio Pastoral para que le ayude o reemplace en aquellas situaciones que le parezcan prudentes.
4.- Será un orientador para la Comisión de Nombramientos mientras ésta desarrolle su trabajo.
5.- Velará cautelosamente que haya una buena y transparente administración de los fondos.
6.- Para evitar malos entendidos se abstendrá de emitir voto alguno en asuntos complejos y que estén afectando personas que son miembros de la organización, asuntos como una disciplina o expulsión.
TÍTULO QUINTO.-
DE LAS CONDUCTAS INDEBIDAS Y REPROCHABLES; MEDIDAS DISCIPLINARIAS, SANCIONES Y APELACIONES.-
ARTÍCULO VIGÉSIMO QUINTO.- De las medidas disciplinarias.- Cuando algún miembro del Directorio o algún integrante de la organización que esté ocupando algún cargo y sea acusado por escrito o ante testigos por haber realizado un acto de reproche y que esté causando mal testimonio, hecha la investigación, y fuere encontrado culpable o responsable de ella, se tomarán medidas disciplinarias. Si la iglesia local no le sanciona, tampoco lo hará la Unión de Hombres Bautistas de la Región, salvo que por recomendación pastoral se le aconseje que deje el cargo que ostenta, especialmente en el Directorio Regional.
ARTÍCULO VIGÉSIMO SEXTO.- De la Comisión de Disciplina.- Quien acuse a otro lo hará por escrito o delante de dos o tres testigos. El acusado por algún acto o conducta indebida será pasado a una Comisión de Disciplina. Será evaluado y analizado sólo en ese punto en particular y de manera personal, separando la acción o acto indebido(a) o acción indebida de la persona en sí misma. La investigación o indagación será lo más breve posible y los integrantes de la Comisión serán justos y equitativas con la persona acusada en su análisis y resolución, sin olvidar que Dios es el Juez Perfecto y nosotros meros hombres imperfectos y recordando siempre lo que dijo Pablo, "el que piensa estar firme, mire que no caiga" (I Cor. 10:12), asumiendo seria y responsablemente esa misión, pero que esta vez debemos asumir un rol o tarea poco grata, pero necesaria. Las medidas disciplinarias, según la gravedad de los hechos, serán desde una amonestación verbal hasta la expulsión. Según el apremio del asunto el Directorio, con el consejo pastoral, con el objeto de zanjar pronto el asunto, deberán tomar una decisión y harán una propuesta de sanción. De esta resolución deberán informar en la asamblea siguiente.
Esta Comisión queda facultada para que, ante el evento de que la persona acusada fuere eximida o exculpada de alguna o de toda responsabilidad por la cual ese hermano fuere acusado sin suficiente fundamento, lo respalde con acciones contra aquel o aquellos que le hicieron aquel agravio, informando por escrito al Directorio y a la iglesia que corresponda con el fin de que, si les parece, se ejerzan las medidas que correspondan contra el o los acusadores que originaron la investigación.
El objeto del inciso anterior es evitar que las personas hagan comentarios o acusaciones de mala fe o sin fundamento serio, pues aquel asunto pudo haberse divulgado y por ende perjudicado enormemente al hermano y o familia , por lo tanto, para evitar ese tipo de comentarios, cualquiera sea el resultado de la investigación, la Comisión deberá informar al Directorio y a la iglesia local que corresponda.
ARTÍCULO VIGÉSIMO SÉPTIMO.- Las sanciones se aplicarán en su mérito y se desglosan de la siguiente manera:
1. Amonestación o reconvención verbal.
2. Amonestación escrita.
3. Disciplina temporal de 3 a 18 meses para ocupar cargos en la organización e informando a la iglesia local de tal resolución.
4. Disciplina indefinida con carta a la iglesia local.
5. Expulsión de la organización y con carta a la iglesia local.
ARTÍCULO VIGÉSIMO OCTAVO.- Todas las medidas disciplinarias serán apelables, excepto la del Artículo precedente, número 1 y 2.
ARTÍCULO VIGÉSIMO NOVENO.- Para las apelaciones de los puntos 3. y 4. del Artículo Vigésimo Séptimo se harán por escrito y tendrán un plazo de 15 días hábiles para hacerlo. El plazo para apelar corre desde el momento de la comunicación escrita. La Comisión la acogerá sin mayor cuestionamiento y tendrá un plazo de 60 días para resolver y responder sobre el asunto; ambas acciones serán prorrogables por un mismo plazo. La apelación por expulsión no podrá ser presentada sino hasta después de seis meses de haber sido notificado y será evaluada por el Directorio en ejercicio, previo minucioso análisis y en consulta con la iglesia local.
Admitiendo la autonomía de la iglesia local, se deja explícita aclaración que las sanciones o medidas disciplinarias que aplique la UHB son aplicables únicamente para participar en las asambleas y cargos de esta organización, en ningún caso son imperativas para la iglesia de donde provenga el hermano. En cualquier tiempo una iglesia local podrá solicitar por escrito al Directorio de la UHB que se le levante una sanción aplicada a algún hermano.
TÍTULO SEXTO.-
OTRAS DISPOSICIONES.-
ARTÍCULO TRIGÉSIMO.- Los miembros del Directorio serán elegidos en una Asamblea General Ordinaria o Extraordinaria, según la necesidad, y durarán dos años en sus funciones o hasta que se complete el período para el cual fue nombrado. Todos pueden ser reelegidos por otro período, pero la votación será de a uno, uno a la vez para cada cargo.
ARTÍCULO TRIGÉSIMO PRIMERO.- Para sesionar y tomar acuerdos como Directorio deberán estar presentes la mitad más uno de los miembros integrantes y sus acuerdos serán tomados por simple mayoría; sin embargo, procurarán actuar siempre por consenso.
ARTÍCULO TRIGÉSIMO SEGUNDO.- Un año antes de terminar un período de los cargos del Directorio, la Asamblea elegirá una Comisión de Nombramientos, una Comisión Revisora de Cuentas u otra que sea pertinente y los resultados se tendrán listos antes de la celebración de la asamblea siguiente. Dichas comisiones estarán compuestas por tres hermanos miembros activos de la organización. Por lo menos diez días antes de la Asamblea las comisiones deberán entregar sus informes por escrito al Directorio en ejercicio.
ARTÍCULO TRIGÉSIMO TERCERO.- Cuando sea necesario la Asamblea nombrará una Comisión de Ética, de Doctrina o Disciplina. Cualquiera de estas comisiones estará conformada por tres miembros de la organización. Si la Asamblea ya se ha realizado y la próxima no esté cercana, será el Directorio que las nombrará criteriosamente, ello para evitar una larga espera en la resolución de algún asunto que pudiere ser de trascendencia para la organización y la denominación. Dichas comisiones no estarán integradas por ningún miembro del Directorio, sino que éste, junto al Pastor Consejero, buscarán las personas más idóneas para ejercer tales tareas. Si fuere uno o más miembros del Directorio los cuestionados, será el Pastor Consejero quien buscará las tres personas para que constituyan una Comisión.
ARTÍCULO TRIGÉSIMO CUARTO.- La Comisión constituida cumplirá la misión de investigar y proponer soluciones. Una reconvención o una medida disciplinaria ante el Directorio o la Asamblea. Los integrantes de la Comisión podrán ser hermanos o pastores de la Región. El Pastor Consejero deberá evitar involucrarse en estas materias con el fin de sentirse libre para actuar pastoralmente ante todos los hermanos; deberá mantener independencia de esos temas y por ningún motivo debe tomar partido o involucrarse en los asuntos a resolver, y por lo mismo deberá abstenerse de emitir voto alguno respecto a la resolución. Aquellas comisiones velarán por el cumplimiento de los valores de la ética cristiana, la doctrina, los principios y la historia bautista.
ARTÍCULO TRIGÉSIMO QUINTO.- Las uniones varoniles adheridas a la Unión de Hombres Bautistas deberán hacer un aporte mínimo y proporcional a sus ingresos locales. Dichos montos serán acordados en una asamblea general ordinaria o extraordinaria. Los aportes entregados a la Tesorería Regional por parte de las organizaciones locales le permitirán a sus representantes o delegados poder asumir cargos con autoridad en el Directorio de la Región y así, libremente, de la misma
manera, poder hacer públicas propuestas en las asambleas. Los aportes deberán hacerse llegar mensualmente al Tesorero de la Organización.
ARTÍCULO TRIGÉSIMO SEXTO.- La Unión de Hombres Bautistas de la Región estará siempre vinculada y adherida, de la manera más expedita posible, y esperando que sea recíproca, con la Unión Nacional Evangelista de Hombres Bautistas de Chile y a ella enviará informes, igualmente a la Unión o Asociación de Iglesias Bautistas de la Región. De la misma manera, y de forma muy especial, estará buscando apoyo, orientación, consejo bíblico, moral, ético, fraternal y de la sabiduría de los Unión Regional de Pastores Bautistas de la Región (URPAB).
TÍTULO SÉPTIMO.-
DE LOS VÍNCULOS CON OTRAS ORGANIZACIONES CRISTIANAS, SU TRABAJO Y FINANCIAMIENTO DENTRO DE LA DENOMINACIÓN Y DE OTRAS INSTITUCIONES O ENTIDADES PÚBLICAS O PRIVADAS .-
ARTÍCULO TRIGÉSIMO OCTAVO.- La UHB. estará relacionada fraternalmente con otras entidades cristianas, en particular con la obra bautista, entre ellas:
1.- Estará adherida en todo a la UNIÓN NACIONAL EVANGELISTA DE HOMBRES BAUTISTAS DE CHILE como a toda la denominación bautista (Unión de Iglesias Bautistas de Chile, UBACH).
2.- Podrá participar con otras corporaciones que sean afines con valores y principios cristianos, esperando que sean acordes con las doctrinas y principios bíblicos.
ARTÍCULO TRIGÉSIMO NOVENO.- La forma de financiamiento será por el aporte de los miembros de la organización, las organizaciones locales que entregarán una cantidad de dinero de manera voluntaria y mensualmente. Se procurará que la mayor parte provenga de la obra bautista, ya sea de la Unión Nacional de Hombres Bautistas, como de la Asociación de Iglesias las que hagan una contribución importante para que esta organización pueda llevar a cabo aquellos planes y actividades que siempre tendrán que ir en beneficio de la obra bautista, del Reino de Dios y del testimonio cristiano.
ARTÍCULO CUADRAGÉSIMO.- Cuando haya instituciones, organizaciones, ONG, empresas o particulares que estén dispuestas a aportar materialmente, el Directorio de los Hombres Bautistas de la Región evaluará y acordará la forma de recepción de las ayudas, sociales y económicas que pudieren venir, siempre y cuando ellas cumplan con las normas éticas y legales vigentes en el territorio nacional.
ARTICULO TRANSITORIO.- Los presentes Reglamentos comienzan a regir desde el primero de octubre de 2017 y no podrán ser modificados hasta después que hayan transcurrido efectivamente dos años devigencia, es decir desde el 01 octubre de 2017 al 01 de octubre de 2019, y, sólo a expresa iniciativa del Directorio o por acuerdo de Asamblea. Para ello la Asamblea nombrará una comisión especial que será presidida por el Presidente de la Organización.
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Notas del procedimiento y cómo llegan a ser aprobados los Reglamentos de la UHB de la Región Metropolitana los cuales podrían ser considerados por otras regiones :
1.- Estos Reglamentos están hechos sobre la base de criterios cristianos generales y de los breves reglamentos que se hicieron el año 1987 por el Directorio de los HHBB de la época, pero han sido ampliados y modificados de manera más que significativa.
2.- Inicialmente (mayo) fueron recopilados de escasa documentación existente, bosquejados y redactados por el Hno. Osmán y Guillermo Salazar Ulloa (Secretario y Pastor Consejero, respectivamente, de la UHB.RM. Junio, 2017).
2.- El 1° de Julio de 2017 fueron presentados por aquellos en la Asamblea Ordinaria de la U.H.B. de la Región Metropolitana. Ese fue el Primer Borrador donde la Asamblea conoció los Reglamentos propuestos. Se reciben gratamente, se aprueban en general y por lo mismo se acuerda realizar una Asamblea Extraordinaria para su revisión y aprobación final. Se cumple aquello y son aprobados por unanimidad de los presentes el día sábado 30/09/2017.
Redacción final: Guillermo Salazar U. Aprobados por unanimidad en Asamblea Extraordinaria del día sábado 30 de septiembre de 2017. Para la honra y la gloria de Dios.
Lugar: Capellanía Nacional Evangélica de Gendarmería de Chile.
ANEXO.-
SUGERENECIAS DE CÓMO PODRÍAN ESTRUCTURARSE EN LA IGLESIA LOCAL:
a.- Como Unión de Hombres Bautistas o Unión de Varones.-
Puede tener una directiva simplificada, es decir, con un Presidente o Coordinador, un Secretario, un Tesorero. y un Pastor Consejero. (Puede ser el mismo pastor de la iglesia a algún hermano de la misma, o el que elijan los varones con acuerdo del pastor o el encargado de la Iglesia).
Su financiamiento estará basado en las cuotas que aporten sus socios, o ítem que la iglesia les haya asignado.
Destinará una cuota o aporte voluntario para la tesorería regional (U.H.B.), dicha ofrenda, aporte o cuota servirá para el desarrollo de las acciones del Directorio o cumplimiento de los planes de trabajo regional, sea en evangelismo, acción social u otros. Nunca olvidar que debemos tener un sentido de "reino", es muy importante.
b.- Como Ministerio Varonil Bautista.-
Esta forma de organización es también reconocida y establecida en muchas Iglesias Bautistas del país, nombran dos representantes de los hombres, y, si no son muchos pueden ir turnándose en sus responsabilidades. Constarán un registro de sus miembros y sus actividades
Designan delegados a las reuniones regionales de los Hombres Bautistas.
La Iglesia local suele asignar un ítem para sus actividades.
También asignan una cuota o aporte voluntario a la tesorería regional. (Ver explicación ejemplo anterior (a.-).
c.- Como Circulo Varonil o Grupos Menores.-
Esta forma de organizarse es más frecuente en pequeñas congregaciones, donde hay varones dispuestos a trabajar en lo que la iglesia les pida u ordene. Procurá relacionarse con sus pares de la región.
Nombran un representante para concurrir a reuniones regionales.
En la medida de lo posible aportan una cuota a la tesorería regional. (Ver ejemplo anterior a.-)
NOTA:
Se deja constancia que en el ANEXO expuesto se entregan sólo "Sugerencias" para
que cada congregación, en particular donde hay pocos varones, se organicen conforme lo
estimen conveniente, incluso puede hacer combinaciones de la forma de entregar las
responsabilidades. Gracias por mirarlo de esa manera.
A continuación podrá ver el Organigrama que tendrá en este tiempo la UHB.RM.
ORGANIGRAMA
UNIÓN DE HOMBRES BAUTISTAS REGIÓN METROPOLITANA
( UHBRM )
ORGANIGRAMA DIRECTIVA REGIONAL HOMBRES BAUTISTAS REGION METROPOLITANA 2017
Presidente
Secretario Tesorero
Vicepresidente
ORGANIGRAMA DIRECTIVA REGIONAL HOMBRES BAUTISTAS REGION METROPOLITANA 2017
Direcrior 1 Director 3
Director 2
Pastor Consejero
Inicialmente recopilados de escasa documentación, luego redactados por Osmán y Guillermo
Salazar Ulloa (Secretario y Pastor Consejero, respectivamente, de la UHB.RM. Junio, 2017).
Redacción final: Guillermo Salazar U. Aprobados en Asamblea Extraordinaria del día sábado
30 de septiembre de 2017.
Lugar: Capellanía Nacional Evangélica de Gendarmería de Chile.